Sonadas y esperadas han sido las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (JTUE), Maciej Szpunar, sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, conocido por sus siglas IRPH, un índice oficial pero no necesariamente muy claro para los ojos de los profanos en esa materia como soy yo. Y justamente esa es su argumentación, el letrado considera que serán los tribunales nacionales quienes determinen en cada caso concreto si ese índice puede ser una cláusula abusiva o no, puesto que los consumidores alegan desconocimiento de las condiciones, que los bancos no les informaron con claridad sobre lo que firmaban, y que la fórmula matemática de cálculo del IRPH resulta demasiado compleja.
En resumen, lo que se alega y está en tela de juicio es la falta de transparencia de las entidades, por lo que los consumidores se sienten engañados. Aunque estas conclusiones no son vinculantes para el fallo definitivo del Tribunal, sí que suele marcar el camino ya que en el 80% de los casos el fallo va en el mismo sentido. Además, hay que tener en cuenta que el informe previo de la Comisión Europea también dio la razón a los hipotecados reconociendo un posible abuso de la cláusula. La sentencia definitiva que dictará el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se espera en los primeros meses del 2020.
¿Sabemos qué es el IRPH?
Es un índice oficial que elabora y publica mensualmente el Banco de España y que resulta de aplicación desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Es un tipo de interés variable que algunas entidades financieras utilizan en la concesión de hipotecas, siendo la media aritmética simple de los precios moderados por el saldo de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria a plazo igual o superior a tres años, para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas durante el mes al que se refieren los índices. En el cálculo de la media se utilizan tipos anuales equivalentes.
El IRPH es uno de los tipos de interés más utilizados en nuestro país para los préstamos hipotecarios junto con el Euribor, si bien ambos utilizan métodos de cálculo muy distintos. La polémica surge durante los años de la crisis económica, cuando el Euribor comienza a bajar llegando a situarse en valores próximos al cero, mientras que el IRPH se mantenía en valores próximos al 2 %.
Este índice se creó por una Orden Ministerial en mayo de 1994, calculándose que el número de préstamos hipotecarios referidos al IRPH supera la cantidad de 1,3 millones en toda España, un 13 % de las hipotecadas firmadas, siendo la Comunidad Autónoma de Cataluña la más afectada.
La Asociación de Usuarios Financieros estima que desde el año 2004 los hipotecados en IRPH han pagado 165 euros más al mes de cuota media, lo que supone que han tenido una pérdida de unos 25.000 €. Esta misma Asociación presentó en el año 2017 demanda colectiva contra la Fiscalía General del Estado y Caixabank, el banco con una mayor cartera de hipotecas referenciadas al IRPH. Seguido a continuación por el Banco Santander, el BBVA y Bankia.
Hay que esperar el fallo definitivo del Tribunal Europeo y, en caso de que falle a favor de los consumidores, estos podrán presentar una reclamación judicial a través de un despacho de abogados. Por ello, y mientras esperamos que esto suceda, nosotros os recomendamos que habléis con Sotomonte Legal, puesto que esta compañía reúne a profesionales de distintos ámbitos especializados para ofrecer a sus clientes el asesoramiento y la solución que mejor se adapta a sus necesidades. Así, cuando llegue la ansiada decisión, nuestro caso ya estará sobre la mesa y podremos ser unos de los primeros en reclamar.
Las hipotecas en España
Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) referidos al año 2018, el número de hipotecas constituidas sobre viviendas inscritas en los Registros de la Propiedad alcanzó la cifra de 20.933, lo que supone un 0,9 % más que en el mes de diciembre del año 2017, siendo el importe medio de dichas hipotecas de 126.394 euros, lo que supone un aumento del 9,4 %. En cuanto al tipo de interés medio de las hipotecadas constituidas sobre viviendas, es del 2,62 % (un 3,9 % inferior al de diciembre de 2017), siendo el plazo medio de amortización de 24 años y constituyéndose el 58,6 % de las hipotecas a tipo variable y el 41,4 % a tipo fijo, lo que supone un aumento del 9,1 % en el interés fijo.