Quién hizo la ley hizo la trampa. Un dicho tan castellano como éste, durante estos tiempos cobra más protagonismo que nunca. Y es que lamentablemente, las letras pequeñas de los contratos se han hecho muy famosas, y para mal. Y si no que se lo pregunten a los millares de engañados con las preferentes en los bancos. Está claro que si hubieran leído el contrato de la A a la Z no se hubieran metido en este lío. Por eso, os vamos a dar unos cuantos consejos que hay que saber cuando decides meterte en una hipoteca, tanto para una casa como para monar un negocio, la famosa letra pequeña, que hay que controlar.
La cantidad de dinero que le va a prestar el banco dependerá de la tasación del inmueble, cargo que deberá pagar usted y que oscila en torno a los 300-400 euros, y de su capacidad de endeudamiento. Debe saber que, desde diciembre de 2007, la ley establece que la entidad sólo le podrá conceder como máximo el 80% de la tasación. Eso de conceder el 100% ya es historia.
Saldrán a relucir las palabras plazos, cuotas y sistemas de amortización. Pues bien, el plazo es el límite de tiempo que se acuerda entre la entidad y el cliente para devolver el dinero. Suele ser entre 20 y 35 años. La cuota de amortización es la cantidad de dinero, incluidos los intereses, que pagará mensualmente. El sistema se refiere a la forma de calcular las cuotas que se tienen que pagar durante el período que dura el préstamo. Quédese con estas palabras porque son básicas.
Para calcular qué intereses tendrá que pagar, te aplicarán un tipo de interés sobre el capital sumando el índice de referencia (que suele ser el Euríbor) más el diferencial que marca el banco (por ejemplo + 0,25%). Es importante fijarse siempre mejor en el TAE (Tasa Anual Equivalente), que es el tipo de interés real que se paga, pues tiene en cuenta también sus posibles revisiones, las comisiones y el plazo de amortización, sobre todo para no llevarnos sorpresas.
La entidad financiera le aplicará una serie de comisiones por gestionar el préstamo. Son los siguientes:
- Comisión de apertura: un porcentaje que cobra por los gastos administrativos y de gestión de la apertura del préstamo. Suele oscilar entre el 0 y el 2% del importe del préstamo solicitado.
- Comisión por cancelación: se aplica sobre la cantidad total pendiente de abonar en el momento de cerrar el préstamo.
- Comisión por amortización anticipada o cancelación parcial: se aplica sobre cantidades que se pagan anticipadamente durante la vida del préstamo
- Si se produce una subrogación (cambiar de titular el préstamo) o a una novación (renegociar las condiciones de su préstamo), en ambos casos, la comisión que cobra el banco o caja es un porcentaje que se aplica sobre el capital que falta por devolver.
Como puedes comprobar, esto de pedir un préstamo hipotecario no es tan fácil, tiene su letra pequeña, que tenemos que conocer bien. Ahora bien, si tienes pensando seguir adelante con tu hipoteca, bien para una casa o para tu negocio, es mejor que te informes y bien. Muchas empresas organizan curos y talleres pare conocerlo mejor. Por ejemplo, el Grupo Sinergy Asistencial organiza en septiembre para apoyar iniciativas emprendedoras en el sector sociosanitario, a fin de optimizar las posibilidades de éxito.